¿Cuál es la propuesta de Confebus para la nueva reforma del ROTT?

En motivo de la necesidad de incluir en la reforma del ROTT (Reglamento de la ley de ordenación de los transportes terrestres) las nuevas infracciones y criterios sancionadores presentados en el Reglamento 2016/403 de la Comunidad Europea y las nuevas exigencias para el ejercicio de la profesión del transportista en carretera  del Reglamento (CE) 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, el Ministerio de Fomento abrió el pasado 15 de marzo un proceso de consulta pública para la admisión de propuestas.

La finalidad de esta consulta es clara: potenciar  la contribución de las organizaciones y los  grupos del sector del transporte en la reforma de la ROTT.

La Corporación Nacional Española de Transporte en Autobús ( CONFEBUS) tal y como declara en su página web,  ve en esta reforma una oportunidad para adaptar la ley actual a la situación actual del sector, un panorama que se encuentra marcado por la evolución tecnológica sufrida en los últimos años y la consiguiente aparición de nuevos competidores.

¿Qué es lo que propone CONFEBUS?

  • Reforzar las características del servicio público de transporte de viajeros por carretera, de tal modo que se pueda presentar una competencia fuerte a las nuevas formas de movilidad
  • Posibilidad de proporcionar autorizaciones de transporte púbico discrecional para vehículos de más de 9 plazas, especialmente en consideración de los servicios de transporte escolar o servicios a fábricas en poblaciones pequeñas
  • Eliminar la autorización de transporte regular de uso especial debido a la lentitud que se suele producir entre la presentación de la solicitud y la concesión de la autorización formal. Debido a esta situación, que muchas veces conduce a iniciar los servicios con el centro educativo antes de haber recibido la autorización (aún cuando se cumplen todos los requisitos necesarios) Confebus propone en su defecto la validez del contrato establecido con el centro de la actividad
  • Mantener los requisitos actuales para que un gestor pueda capacitar varias empresas
  • Mayor flexibilidad tarifaria en los servicios de transporte regular:

Confebus propone la fijación de unos precios medios regulados en tres periodos de demanda diferenciados: punta  (alta demanda) , valle (demanda media) y llano (baja demanda) .

Este planteamiento, a diferencia del actual en el que se constituye una tarifa máxima obligatoria para todo el calendario de servicios, favorecería una mejor distribución de la demanda y minimizaría el ya existente desplazamiento de la demanda del autobús a otros modos de transporte públicos como el tren, el avión o los nuevos entrantes privados (car pooling –BlaBlaCar-, etc.)

  • Dar cobertura expresa legal a las colaboraciones entre empresas.

Se resalta la necesidad de regular estas situaciones en las que, bien por indisponibilidad, bien por insuficiencia de vehículos propios, se necesita que una tercera empresa se encargue de la realización del servicio previo pago de un porcentaje máximo sobre el precio del servicio al público.

Confebus hace hincapié en reflejar:

  1. El mantenimiento de la responsabilidad sobre el servicio sobre la empresa del cliente titular.
  2. Las consecuencias positivas de este tipo de relaciones que mejoran la capacidad de atención de la demanda y favorecen la estabilidad económica de las PYMES.
  • Ajustar el nivel de oferta de las líneas regulares

El modelo actual cuenta con ciertas limitaciones que impiden adaptar eficientemente los niveles de oferta exigidos a la demanda real.  Para ello, se propone establecer una desviación a la baja de entre el 5-10% en el mínimo de expediciones concertadas en el contrato concesional, un margen, que según declara Confebus, no afectaría a los supuestos económicos básicos de la adjudicación de concesiones ya regulado en recientes reformas.

  • Modificaciones en las concesiones de líneas de transporte público a empresas privadas:

Se propone:

1. Reducir el tiempo mínimo para realizar cambios en las concesiones a 1 año, tanto desde la formalización inicial del contrato como tras las últimas actualizaciones. De esta forma, se pretende solucionar la rigidez del sistema actual que limita altamente la capacidad de adaptación de las empresas en un sector cada más variante en cuanto a niveles de competencia y condiciones demográficas y socioeconómicas.

2.Flexibilizar las condiciones de prestación durante la prorroga, como por ejemplo eliminar la obligación de renovar el material móvil y flexibilizar la realización de modificaciones del nivel de la oferta para que se efectúen de forma más acorde a la demanda.

3.Y finalmente, revisar los extremos que han de contener los pliegos para la otorgación mediante concurso público de las concesiones de servicios regulares.

  • Introducir las nuevas infracciones y sanciones presentadas en las leyes 39/2005 y 40/2015 y establecer criterios de proporcionalidad en la frecuencia infractora en base al número de vehículos y conductores de cada empresa.